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Fórmula para calcular una indemnización por despido

indemnizacion por despido

Ante una crisis económica las empresas pueden optar por muchas salidas para paliar sus efectos pero una de las principales, a veces la más equivocada, suele ser la de un despido colectivo. (Despidos colectivos son aquellos que lleva a cabo una empresa cuando son fundados en causas económicas, técnicas u organizativas y que puedan perjudicar la supervivencia de la empresa.)

¿Cómo calcular cuanto te pertenece por despido?

calculadora indemnización 1)  Lo primero que debemos hacer es averiguar el tiempo trabajado en la empresa y a partir de aquí debemos tener en cuenta tres conceptos: salario base, antigüedad y pluses por convenio y pagas extras. La cantidad obtenida se divide por 30 y así obtenemos el sueldo diario.

Ej.: Tenemos un sueldo base de 750 €, un plus por desplazamientos de 50 € y un plus por antigüedad de 100 €. Para calcular el sueldo diario: (750/30) + (50/30) + (100/30) = 25 + 1,6 + 3,3 = 29,9 € de sueldo diario.

2)  Una vez conocido el sueldo diario debemos averiguar lo que nos pertenecería por pagas extras. Si el trabajador tiene dos debería sumar el importe y dividirlo por los 365 días del año.

Ej.: Tenemos dos pagas extras de 850 € y para saber cuanto nos corresponde por día: 1. 850€ x 2 = 1700€ 2. 1700 / 365 = 4,65€ para sumar al salario diario.


Como resultado tenemos que el salario diario de nuestro ejemplo es de 29,9€ + 4,65€ = 34,55€ / salario diario.

3) A continuación y para conocer la indemnización total simplemente hay que multiplicar el salario diario ( 34,55 €) por los años totales trabajados y por los días que le pertenezcan según tipo de despido. En el caso de un despido improcedente los días que pertenecerían serían 45 días por año trabajado.

Ej.: Nuestro trabajador con un salario de 34,55€/día ha trabajado 3 años y ha sido despedido improcedentemente por lo que su indemnización sería: 34,55 €/día x 45 días x 3 años = 4664€

Resumiendo, la fórmula para calcular la indemnización por despido sería:

Indemnización total por despido = salario diario x número de días por despido x años trabajados

PD: Hay que tener en cuenta que las indemnizaciones no podrán superar determinados límites en lo referente a mensualidades. Cuando se tenga derecho a 45 días, el límite es de 42; si se trata de un contrato incentivado el máximo se sitúa en 24, y es de 12 para los despidos improcedentes. Más Info: Tu AbogadoJurisoftLaborisWeb Laboral

35 Comments

  1. Posted 24 Octubre 2008 at 19:01 | Permalink

    quiero saber porque cuando uno es despedido de una empresa o agropecuaria el arreglo o la cuenta es lo mismo

  2. David
    Posted 3 Noviembre 2008 at 15:50 | Permalink

    Hola buenas tardes , acabo de ser despedido en mi empresa por un expediente de regulación , del cual el comité a llegado a un acuerdo con la empresa de 35 días por año , mas un plus de 200 euros por año en la empresa . Yo llevo 12 años .Por favor si le envió mis Datos ( salario base , pluses ,pagas extras …) me podría sacar mas o menos lo que puedo percibir , luego esa indemnización , cuanto se queda hacienda .
    Bueno muchas gracias de antemano. Un saludo

  3. Mª Jose
    Posted 4 Noviembre 2008 at 22:48 | Permalink

    Hola, solo decirte que de la indemnización por despido hacienda no se queda nada. De lo único, y lo retiene la empresa es del salario, parte proporcional paga extra, vacaciones…

  4. jose antonio
    Posted 3 Diciembre 2008 at 13:15 | Permalink

    En el caso del salario bruto anual superior a la bases de cotizacion .que cantidad se toma para el calculo la base o el salario total?

  5. MARIO
    Posted 15 Diciembre 2008 at 18:44 | Permalink

    Hola, desería saber si en el cálculo del salario medio diario para la indemnización por despido improcedente se incluirían aquellos conceptos que aparezcan en la nómina como variables, tales como comisiones, bonus, etc…y si esto se miraría sólamente de los últimos 12 meses. Muchas gracias

  6. Angel luis Fernandez Alvarez
    Posted 15 Diciembre 2008 at 19:41 | Permalink

    mi empresa nos plantea una regularizacion permanente para toda la plantilla, con una indemnizacion de 20 dias x año trabajado la cual quiere que firmemos en el plazo de una semana, diciendo que mantendra a una parte por un tiempo hasta paliar la crisis de ventas, y que de o firmar TODOS pasaremos a la regularizacion de acreedores, me gustaria saber su opinion. muchas gracias

  7. RAUL
    Posted 5 Enero 2009 at 17:31 | Permalink

    una pregunta tengo 13años y 4 meses en mi empresa y me van a rndemnizar quisiera saver cuanto me corresponde mi sueldo es de 3000$

  8. marina
    Posted 18 Febrero 2009 at 15:58 | Permalink

    hola me han despedido y ya me he calculado mi finiquito y mi indemnización, pero me gustaría saber como funciona eso de las mensualidades,
    eso de “20 días por año trabajado —”"durante 12 mensualidades??(que es esto?”"

    yo por ejemplo llevo trabajando 2 años, pero mi compañera lleva 8,
    cuantos meses me pagan, cómo lo pagan, …. no tengo ni idea y me gustaría saber.
    gracias

  9. lEOPOLDO APARICIO
    Posted 25 Febrero 2009 at 18:49 | Permalink

    A partir del mes de diciembre me han reducido el salario bruto en 430 €, ahora me despiden y contemplan para el calculo de la indemnizacion este ultimo, y todavia no he cobrado el mes de Enero
    Es esto legal?

  10. Posted 26 Febrero 2009 at 9:11 | Permalink

    Hola Aparicio,

    El salario base del finiquito se calcula a partir del salario base del mes en cese por lo que estaría bien calculado. Lo que no es lícito es que no hayas cobrado enero, consulta con un asesor legal.

    Saludos,

  11. ana
    Posted 4 Marzo 2009 at 19:47 | Permalink

    Quería saber si los funcionarios interinos cuando la plaza es ocupada por el funcionario titular de ésta, ¿tienen derecho a la indemnización por despido objetivo de 20 días por año trabajado?

  12. mamen
    Posted 26 Marzo 2009 at 14:50 | Permalink

    Llevo trabajando en la empresa desde febrero del 2004 y en enero del 2007 tengo reduccion de joernada por maternidad

    Cuanto me pertenece de indeznizacion por despido improcedente?

  13. Lununa
    Posted 22 Abril 2009 at 11:09 | Permalink

    Yo tengo además del salario base y del plus por convenio una mejora voluntaria bastante importante. ¿cuenta para el cálculo de la indemnización por despido? Gracias

  14. aNTONIO Palomo Gómez
    Posted 7 Mayo 2009 at 23:05 | Permalink

    Mi consulta es en referencia a qué ocurre cuando el empleado no es despedido, sino que se marcha él de propia voluntad. ¿Tiene derecho a indemnización? En caso afirmativo, ¿de cuántos días por año? Gracias…

  15. JUAN DIEGO SRAMIENTO CASTRO
    Posted 26 Mayo 2009 at 16:28 | Permalink

    Hola que tal desearia que me aclaraseis mi problema me quieren despedir con 30 dias por año llevo trabajando 14 años en la empresa queria saber cuanto me corresponde mando el sueldo base: 800, antiguedad: 65, plus convenio: 285 y complemento personal consolidado que no se si se puede meter: 262.
    me gustaria saber cuanto me tienen que pagar en total muchas gracias.

  16. fernando
    Posted 27 Mayo 2009 at 22:22 | Permalink

    tengo 1 año trabajando para una muebleria y todavia no tengo seguro nada de prestaciones cual seria el monto de finiquito y lo que me corresponde

  17. pepe
    Posted 30 Mayo 2009 at 1:32 | Permalink

    hola, mi contrato es de relevo y finaliza el 31/01/2012, deceo saber si es posible en caso de despido cuanto aproximado seria la indemnizacion ,si me corresponde,o como se calcula,trabajo desde el dia 07/05/2007 ,o si no tengo derecho , mi nomina es de 1215 euros mensuales ,gracias

  18. FABIOLA
    Posted 7 Junio 2009 at 21:44 | Permalink

    QUISIERA SABER QUE ME VAN A DESPEDIR QUERIA SABER SI ME TIENEN QUE DAR LOS 15 DIAS DE AVISO LUEGO SI LA EMPRESA ME PUEDE BAJAR EL SUELDO DE LA NOMINA ES UN EMPAQUETADO DE FRUTA , TAMBIEN ME DEBEN LOS ATRASOS DE SUBIDA DE SUELDO DE 18 MESES QUIERO SABER SI ME LOS TIENEN QUE PAGAR MAS O IGUAL ,GRACIAS

  19. begoña
    Posted 13 Julio 2009 at 12:50 | Permalink

    a mi marido despues de casi 14 años en la empresa le han dicho que le van a bajar el bruto de 50.000€ a 24000 € + dietas si es que las hubiera tampoco te aseguran nada, cuando les dices que es ilegal te dicen que si y que por eso esperan que tu lo pidas, y que si no ya sabes esta el despido objetivo 20 días , nunca el improcedente .En la empresa ha habido 3 despidos mas y les han pagado un despido improcedente 45 días , pero la cantidad era poca , seria legal lo que intentan hacer con mi marido

  20. Posted 28 Julio 2009 at 14:48 | Permalink

    hola me an despedido del trabajo tenia un contrato temporl que se me vncia el 11 de noviembre,trabajaba a medio tiempo
    con 14 pagas al ano quiero ver si me pueden calcular la indemizacion

  21. Adeli
    Posted 7 Agosto 2009 at 16:23 | Permalink

    Hola Begoña, lo que están haciendo a tu marido les está pasando a mucha gente, a mí tambien querían reducirme el sueldo al 50%, esto no solo afecta a la indemnización si no al desempleo, a mí al negarme me han hecho una propuesta de traslado a otra provincia ó renunciar por 20 días por año trabajado, yo llevo 8 años, y por ello a las personas con mas antigüedad las están despidiendo de esta manera, de todos modos conozco compañeros de trabajo que han aceptado reduccion de sueldo pero con una clausula en la que se especifique que en caso de despido se tendrá en cuenta el sueldo antes de la reducción además de la duración de esa reducción.
    Y si tu marido gana 24.000 € no creo que le afecte al desempleo puesto que las prestaciones por desempleo tiene unos topes máximos que creo sería el mismo por un salario de 50.000 que de 24.000 aunque habría que calcularlo para asegurarse.

  22. manuel
    Posted 11 Agosto 2009 at 12:49 | Permalink

    me gustaria que me dijera , si estoy en mi derecho de reclamar que despues de 8 meses trabajando como capataza , me he enterado que mi nomina ha sido de ofical , en su dia reclame que la nomina era muy baja , me contetaron que ese ers mi salario según convenio, pero ha llegado a mi una nota de los sueldos y cuaal ha sido mi sorpresa que me han estado pagando menos
    desearia me pudieran conterstar

    atentamente

    manuel López
    manuel lo

  23. alicia
    Posted 20 Agosto 2009 at 3:32 | Permalink

    me faltan 3 meses para hacer 3 años, soy teleoperadora,mi jefe cierra la empresa, estoy indefinida , este año no he tenido vacaciones,que me pertenece cuando me de el despido?

  24. Posted 31 Agosto 2009 at 22:22 | Permalink

    el limite de las 42 mensualidades en un despido improcedente significa que te pgan como máximo 42 meses de antiguedad?es decir, si tienes 4 años de antiguedad serían 48 meses, ¿en este caso sólo pagarían hasta 42 meses?

  25. leandro
    Posted 7 Septiembre 2009 at 20:45 | Permalink

    TENGO 28 AÑOS TRABAJANDO EN LA EMPRESA Y ESTAN POR DESPEDIRME ME GUSTARIA SABER CUANTO ME TOCA DE INDEMNIZACION YA QUE SON BASTANTES AÑOS LOS QUE TENGO LABORANDO

  26. ariel
    Posted 1 Octubre 2009 at 20:09 | Permalink

    trabaje dos años de los cuales 6 meses fueron en negro,cosa que no me van a reconocer…por lo tanto debo hacer un suma de 18 meses, o año 1/2, como reclamo esos seis meses en negro que no me van a reconocer?

  27. leonardo
    Posted 31 Octubre 2009 at 22:14 | Permalink

    hola soy leonardo y dentro de poco ma van a indemnizar por despido,yo trabaje 3 años,con un sueldo de $1.265.00;y quisiera saber cuanto me corresponde…Espero respuestas

  28. antonio hernández ortega
    Posted 7 Diciembre 2009 at 16:23 | Permalink

    Que significa, los de las 42 mensualidades, o las 12 o las 24 me lo podrías explicar bien, porque lo entiendo todo , pero no lo de maximo 42 mensualidades, gracias.

  29. iván
    Posted 17 Diciembre 2009 at 14:13 | Permalink

    Con respecto a las retenciones que hace Hacienda en materia de indemnización por despido, es muy importante que en el acuerdo entre empresario y trabajador o en el SMAC, se determine si ha sido el despido procedente o improcente.
    Si las partes acuerdan que el despido es procedente, con un acuerdo de 35 días por año trabajado por ejemplo (en vez de 20 como determina el Estatuto), esos 15 días por año (traduciéndolo en dinero por supuesto), se considera como Rendimiento Bruto de Trabajo Dinerario y no está exento, por lo tanto hay que declararlo y llevará su correspondiente retención.

  30. lilu
    Posted 22 Diciembre 2009 at 19:14 | Permalink

    decidi renunciar y avisé el 30 de nov. a los dueños del comercio ,hace dos años que trabajo y hoy la dueña avisó que cerraba el negocio.llegaron las liquidaciones de mis compañeras y el monto de sus recibos es de mucho dinero.mi último día de trabajo en ese comercio es al 30 de diciembre.mis compañeras no fueron avisadas con anticipación del cierre del local.puedo yo hacer algún reclamo?ya que cuando anuncié mi renuncia los dueños ya sabían que cerraban espero pronta respuesta y gracias

  31. tomas agustin gimenez
    Posted 16 Enero 2010 at 16:15 | Permalink

    tengo tres anos en la empresa y pedi un arreglo ahora necesito saver cuanto me corresponde si mi sueldo mas alto fue de 3.500

  32. Posted 24 Enero 2010 at 19:32 | Permalink

    Llevo en el Hotel desde octubre 1995. Lo han vendido para cerra el 31 de marzo. Como calculo total lo que voy a percibir.

  33. Posted 29 Enero 2010 at 7:19 | Permalink

    cuando el empleado no es despedido, sino que se marcha él de propia voluntad. ¿Tiene derecho a indemnización?

  34. VERONICA
    Posted 17 Febrero 2010 at 18:06 | Permalink

    HOLA,
    ME HAN COMUNICADO QUE A FINAL DE ESTE MES ME TIENEN QUE DESPEDIR POR CAUSAS OBJETIVAS.
    QUISIERA SABER SI PROPORCIONANDOOS LOS DATOS ME PODRIAIS CALCULAR LA INDEMNIZACION QUE ME CORRESPONDERIA Y EL TIEMPO DE PARO QUE TENGO.
    UN SALUDO Y GRACIAS DE ANTEMANO

  35. nicolas de simone
    Posted 1 Marzo 2010 at 20:31 | Permalink

    Hola,mi emplador decidió vender la quinta en la que trabajo como casero desde hace 4 años,mi sueldo es de $ 1,800 (en negro),y como el vive en Israel no puedo tomarme mi day off todas las semanas,además de casero hago tareas como cuidarle 10 cabras y 20 gallinas (tarea que empecé a los seis meses de estar aquí)al principio solo comprendía cortar el cesped y cerco.Lo que nesecito es calcular la indemnización que me corresponde.Gracias desde yá,hasta pronto!!!

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  1. [...] se calcula la indemnización por despido? En un anterior artículo comentábamos como se hacía la indemnización por despido pero si [...]

  2. By Pautas para espedir con elegancia… on 26 Mayo 2009 at 16:16

    [...] se habla de despido se suele hacer desde la perspectiva del despedido ya que es el que sufre las causas de este. No obstante, el papel del empresario no es nada fácil [...]

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