Obligaciones de la empresa ante un despido

Ante cualquier tipo de despido, el empresario, además de entregar la carta de despido, tiene una serie de obligaciones con el trabajador:

  • Debe entregarle el certificado de empresa y los documentos oficiales de cotización y salario de los últimos 180 días (el trabajador tendrá que presentarlos en caso de solicitar el desempleo).
  • También debe entregar un documento en el que se acredite la liquidación de las cantidades que le adeude: el finiquito.
  • Abonar el salario.
  • Dar a conocer al Comité de Empresa los documentos de la terminación del contrato.

Tener claros los detalles del proceso administrativo, en un despido, es algo sumamente importante ante una serie de despidos colectivos. La primera de las preguntas que suele venir a la mente es:

¿Con cuanto tiempo de antelación se debe comunicar el despido?

La praxis colectiva (tiempo mínimo exigido por la ley) nos lleva responder que 15 días pero en realidad no hay una regla general ya que todo dependerá del convenio colectivo, la antigüedad en la empresa y a lo sumo el tipo de contrato.

El convenio aplicable a la relación laboral concreta es el que marca el tiempo mínimo exigido para el preaviso y el Derecho laboral establece que se exigirá preaviso únicamente en contratos de duración superior a un año.

¿Qué ocurre si la empresa no respeta los plazos establecidos?
Si el empresario incumple el plazo señalado y no avisa con la debida antelación o avisa con un plazo inferior al indicado en el convenio colectivo dará lugar a una indemnización equivalente al salario correspondiente a los días en que dicho plazo se haya incumplido.

¿Y las vacaciones?
Las vacaciones no disfrutadas deberán ser remuneradas y la remuneración será la correspondiente a un día de trabajo contada desde el 1 enero del año en curso hasta la fecha en la que se produzca el despido.

Más info: www.zubiri-zudaire.com/Créditos

2 Comments

  1. olga abril 21, 2019
  2. joquin marañon abril 21, 2019